viernes, 21 de diciembre de 2012

Segunda "desvinculación" declarada improcedente.

El Juzgado de lo Social número 4 de La Coruña acaba de estimar íntegramente la demanda presentada el pasado mes de agosto por un compañero de la Corporación Voz de Galicia que prestaba sus servicios en el centro de atención telefónica, y que fue despedido tras rechazar la oferta de baja incentivada que la empresa le había ofrecido. El juez ha declarado improcedente el despido, y condena a la empresa citada a readmitirlo o a indemnizarlo con una cantidad equivalente a 45 días  de salario por año trabajado. En el caso de que la empresa optara por admitirlo, ésta deberá, además, abonarle las cantidades que dejó de percibir desde el día del despido hasta la fecha de comunicación de la sentencia.

El juez considera probado que la dirección de la empresa vulneró los derechos del trabajador, con el que tenía firmado un compromiso de mantenimiento de su puesto de trabajo vinculado a una rebaja salarial del 3%, y al que se le ofertó una baja con una indemnización de 35 dias de salario por año de servicio hasta un máximo de 2, tal y como se había acordado en el convenio de La Voz de Galicia. Este ofrecimiento fue rebajado a 20 días cuando, tras no aceptar dicha baja, la empresa optó por despedirlo.

Esta es la segunda "desvinculación" de un trabajador del grupo de empresas de La Voz de Galicia que ha sido declarado improcedente desde que en el inicio del 2012 comenzara la direccíón de la empresa a ofrecer bajas incentivadas antes de proceder al despido argumentando causas económicas. Hasta la fecha, solamente tres tabajadores han decidido recurrir a la justicia tras haber sido despedidos al no aceptar la baja propuesta.